La Extensión de Normas y los comercializadores de ovino y/o caprino.

¿Quién está obligado a aportar a INTEROVIC?

Todos los comercializadores de ovino y/o caprino de España que vendan las canales de ovinos y caprino procedentes de los mataderos, del peso se sean.

¿Qué cantidad tendrán que aportar los comercializadores?

Los comercializadores deberán aportar 0,05€ por cada canal adquirida.

¿Cómo se hará la aportación?

La aportación se hará como descuento, antes de la base imponible, de la factura que el matadero haga al comercializador por la venta de las canales.

En la factura se incluirá un concepto “Retención para la Extensión de Normas de INTEROVIC aprobada por Orden AAA/1934/2012 y publicada en el BOE nº 221 de fecha 13/09/2012” o en su versión abreviada “Orden AAA/1934/2012 sobre Extensión de Norma del Ovino y el Caprino”

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